domingo, 6 de marzo de 2016

Recuento de la primera unidad del sistema penal acusatorio.

La historia refleja con claridad que el procedimiento penal nació acusatorio y oral. Este modelo es la base original del juicio oral como forma de conocimiento jurídico y aparece en la etapa inicial de las culturas de la antigüedad, en las que el derecho era consuetudinario y no escrito. Cuando es superada la fase de la venganza privada y el Estado toma el control de la facultad punitiva, el procedimiento penal comienza teniendo la forma de juicio oral, aunque matizado por las formalidades religiosas y míticas. Después, cuando surge la escritura y se presenta el fenómeno de la burocracia estatal aparecen, los procedimientos escritos. La burocracia en los asuntos sociales incrementó los efectos negativos de la escritura, cuyo fenómeno aparece reflejado en la historia del Derecho Romano. Durante la época del Medievo, el proceso se hizo totalmente escrito, de esta manera se desarrolló en la Europa continental prácticamente hasta la Revolución francesa; este movimiento permite establecer las bases para el resurgimiento y el desarrollo del procedimiento acusatorio y el juicio oral, que venían evolucionando en Inglaterra desde la promulgación de la Carta Magna de 1215, hasta su consagración después de las revoluciones de 1648 y 1688 por la influencia del capitalismo y la pérdida paulatina de poder terrenal de la Iglesia romana. Dos grandes sistemas se instalan a finales del siglo XVIII y principios del siglo XX, con sus respectivas variables: el sistema inquisitivo y el acusatorio. Sin embargo, en la actualidad ya no existen formas puras de estos. Ahora hay sistemas mixtos que adoptan formas acusatorias o inquisitivas, en la medida en que adoptan las características de uno u otro sistema. El modelo inquisitivo está identificado más con prácticas medievales y abusivas que vulneran las garantías fundamentales del acusado y de la víctima, protege más los intereses de grupos de poder; sin considerar los derechos de los ciudadanos. Una de sus connotaciones son la escritura y opacidad. Generalmente, existe ausencia de un método para la investigación de los delitos y esto provoca abuso y desvío de poder. En cambio, el modelo acusatorio está relacionado con los valores de la justicia, la igualdad y el respeto de los derechos fundamentales frente al poder del estado; asimismo, dentro de sus principales características, aparecen la transparencia y rendición de cuentas como rasgos fundamentales el juicio oral, que consiste en el enfrentamiento de dos partes en condiciones de igualdad ante un juez imparcial, que está obligado a presenciar el desahogo de las pruebas y valorarlas correctamente. La evolución de los métodos de investigación técnica y científica del delito, es compatible con este sistema acusatorio. Por otra parte, resulta indispensable el cumplimiento estricto de las garantías procesales, que en la investigación tienen un doble fin: La protección de los derechos del imputado y por extensión de los derechos de todos los ciudadanos. En los países de Latinoamérica, entre ellos México, los desafíos y dificultades en el proceso de implementación del sistema penal acusatorio están plenamente visualizados. Quizás la falta de recursos sea de las dificultades más notorias; empero, para llevar a cabo las nuevas tareas que requiere este sistema, como la capacidad de las instituciones de justicia para introducir cambios sustanciales en sus rutinas y modelos de trabajo, necesita del cumplimiento de dimensiones relacionadas con la capacitación y entrenamiento, instalación de sistemas informáticos, gestión administrativa de calidad, infraestructura inmobiliaria, sistemas de organización y administración, entre otros, desafíos cuyas implicaciones prácticas se dirigen hacia la mejora continua de los servicios de justicia penal en términos de calidad. El monitoreo, las evaluaciones y el seguimiento del proceso de reformas e implementación del sistema acusatorio en nuestro país, que incorpora además las acciones de las organizaciones sociales o la sociedad en su conjunto, permitirá el conocimiento de las buenas prácticas y también permite visualizar las dificultades que habrá de enfrentar y enfrenta dicho proceso en su aceptación e internalización por los mexicanos y mexicanas, lo que indudablemente constituye un reto sin precedente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario