División
de poderes La organización política de México divide el ejercicio del poder
público en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Cada uno de ellos
realiza funciones específicas que la Constitución Mexicana expresa; sin
embargo, no laboran aisladamente, mantienen relaciones necesarias que
enriquecen su quehacer constitucional.
Poder
Ejecutivo
Está
depositado en una sola persona, el presidente de la república, quien es electo
en
forma popular, directa, secreta y mayoritaria. Dura 6 años en su cargo y jamás
puede
volver a desempeñarlo. Su función principal es ejecutar las leyes aprobadas por
los órganos legislativos, es decir, está facultado para organizar la administración
pública de acuerdo con las leyes constitucionales. Para realizar las funciones
que le competen, el presidente de la república recibe apoyo de los secretarios
de Estado y de otros funcionarios. Son facultades del presidente de la república:
• Organizar y dirigir la
política y administración pública, a través de las secretarías
de Estado y otras
dependencias.
• Promulgar y ejecutar las
leyes que expida el Congreso de la Unión.
• Nombrar a los secretarios de
Estado.
• Dirigir la política exterior
y celebrar tratados internacionales con aprobación
del Senado.
• Convocar al Congreso de la
Unión a sesiones extraordinarias cuando lo
acuerde la Comisión
Permanente.
• Designar a los ministros de
la Suprema Corte de Justicia y a los magistrados
de los tribunales federales.
• Nombrar a los agentes
diplomáticos y cónsules generales, con aprobación
del Senado.
Poder
Legislativo
Tiene
la facultad de elaborar las leyes que rigen la vida social o de modificar las
ya
existentes
de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. En México, el poder Legislativo
se
deposita en un Congreso General (Congreso de la Unión), constituido por
la
Cámara de Senadores (representantes directos de los ciudadanos de los estados)
y por
la Cámara de Diputados. En algunos países, la reunión de los miembros
de
este poder es denominado Parlamento, Asamblea Nacional o Congreso.
La
Cámara de Diputados se compone de representantes de la Nación electos
en su
totalidad cada tres años. Son 500 Diputados en total.
La
Cámara de Senadores, se compone de dos miembros por cada estado y dos
por el
Distrito Federal (64 en total), nombrados en elección directa, se renueva por
mitad
cada tres años.
Estas
Cámaras las integran grupos de ciudadanos, y su función primordial es
representar
al pueblo en las labores políticas y la elaboración de las leyes. Tanto
diputados
como senadores son electos por el pueblo mexicano a través del voto
directo
y secreto.
Las
facultades del Congreso de la Unión son las siguientes:
•
Elaborar iniciativas de ley, discutirlas y aprobarlas en su caso.
•
Dictar leyes sobre salubridad general de la república.
•
Admitir nuevos estados en la federación.
•
Aprobar las contribuciones para cubrir el gasto público.
•
Aprobar las bases y condiciones para la celebración de empréstitos (préstamo
que
toma una entidad).
•
Legislar sobre hidrocarburos, minería, comercio y otros aspectos.
•
Crear y suprimir empleos públicos de la federación.
•
Expedir leyes sobre las características y usos de la Bandera, Escudo e Himno
Nacionales,
Son
facultades exclusivas de la Cámara de Diputados las siguientes:
•
Discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la federación.
•
Erigirse en Colegio Electoral para ejercer las atribuciones respecto a la
elección
de presidente de la República.
Son
facultades exclusivas del Senado las siguientes:
LA
ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE MÉXICO
•
Aprobar los tratados internacionales.
•
Aprobar los nombramientos de los ministros de la Suprema Corte de Justicia
de la
Nación.
•
Admitir nuevos estados en la federación.
Poder
Judicial
Se
deposita el poder Judicial de la federación en la Suprema Corte de Justicia,
los
Tribunales
Colegiados y Unitarios de Circuito y en los Juzgados de Distrito. Se integran
por
ministros, magistrados y jueces.
La
función principal del poder Judicial consiste en la administración de justicia,
es
decir, se encarga de conocer y resolver los conflictos que surgen entre los
órganos
del
poder público; entre el poder público y los particulares o entre los
particulares.
Los
tribunales de la federación están facultados para resolver los problemas que
se
produzcan por los actos u omisiones de:
• Los
funcionarios que violen las garantías individuales.
• Las
autoridades federales que limiten la soberanía de los estados.
• La
autoridad de los estados que invadan la autoridad federal.
Los
ministros de la Suprema Corte de Justicia son designados por el presidente
de la
república y los ratifica la Cámara de Senadores.
Los magistrados y los jueces
son
designados por la Suprema Corte de Justicia de la federación.
El Distrito Federal,
capital del país, es la sede de los poderes federales
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