miércoles, 17 de mayo de 2023

Division de Poderes

Toca el turno de referirnos al Poder Ejecutivo, el ejercicio de este poder supremo, se deposita en una sola persona denominada presidente de los Estados Unidos Mexicanos, quien es elegido por votación directa el primer domingo de julio de cada 6 años, tomando posesión de su cargo el 1° de diciembre del mismo año, y desempeña el cargo durante 6 años, debe de cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la Constitución y el último requisito que fue reformado en el 2014 es el de: “No ser secretario o subsecretario de Estado, fiscal general de la República, gobernador de algún estado ni jefe de gobierno del Distrito Federal, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección”

Poder Ejecutivo

El presidente de la República por ser quien se encarga de ejecutar el cumplimiento de las leyes, la ley fundamental también prevé que hacer en caso de ausencia del mismo en sus artículos 85 y 86, desde el cese de su cargo por conclusión de mandato, hasta la solicitud de licencia temporal o permiso para salir de México, sus funciones son delimitadas en el artículo 89 de la Ley Suprema, sobre todo el promulgar leyes y hacerlas cumplir, administrar adecuadamente el país, nombrando libremente a sus colaboradores y secretarios de Estado.

Lo expresado por  Valencia Carmona,en lo que al Poder Ejecutivo se refiere, en el punto de predominio constitucional del ejecutivo sobre los otros poderes, mismo que cada vez crece más al ir ampliando y diversificando sus facultades, apuntando que Cosío Villegas, lo califica como “una monarquía sexenal absoluta” (Villegas, s.f.) y que otras opiniones afirman que el régimen es una aplicación deformada del clásico sistema presidencial, considerándose una modernización autoritaria y liberación político, lo que demuestra que algo está pasando, ya que es manifiesto el interés sobre el ejecutivo mexicano, y como dice vox populi:“¿usted qué opina?”.

El Poder Judicial de la Federación de acuerdo al artículo 94 de la Constitución se deposita en:

a) Una Suprema Corte de Justicia, compuesta por 11 ministros, quienes llegaron a ocupar su cargo de forma vitalicia, mientras no incurrieron en alguna responsabilidad oficial, pero esta situación fue reformada en 2011 y ahora su cargo dura 15 años.

b) Un tribunal electoral.

c) Tribunales colegiados y unitarios de circuito.

d) Juzgados de distrito.

Poder Judicial

Todo lo relativo al Poder Judicial se encuentra regulado por la Carta magna, en sus artículos 94 al 107, desde que el presidente somete una terna a consideración del senado para nombrar a los ministros y la designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del senado presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días, y si el senado no resolviera dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el presidente de la República.

Asimismo, se regula lo relativo al Tribunal Electoral como la máxima autoridad jurisdiccional de la materia, tribunales de la federación o de circuito, del Consejo de la Judicatura Federal, la organización territorial para la impartición de justicia federal; las competencias, facultades y atribuciones, incluyendo que a la suprema corte se faculta como la única institución que puede juzgar los conflictos que surgen entre los estados, como podría ser un problema de límites, o entre el Estado y la federación.

División de poderes

México, además de ser una república democrática, también es federal, está conformada de estados libres, soberanos y autónomos, en todo lo concerniente a su régimen interior, pero integrado en una federación de acuerdo al artículo 40 constitucional, y la forma de gobierno que existe en cada uno de ellos también es de tipo presidencial, la Constitución les atribuye el carácter de Poder Ejecutivo en términos de lo preceptuado en el artículo 116 de la constitucion

Autonomía de la entidades federativas

Las entidades federativas gozan de autonomía, Ramírez, al respecto menciona el punto de vista de Tena, quien alude que el hecho de que “cada estado tenga su constitución, es una característica esencial de autonomía,” (Ramírez 2000, pp. 58-59) la constitución expresamente reconoce que los estados tienen su constitución propia y esto debe tener sus bases en conceder y respetar la autonomía estatal, y esto hace que se le identifique con soberanía, pero la soberanía es independencia y su autonomía se refiere a la facultad que tiene de dictar sus propias normas, pero siempre y cuando respeten las reglas que derivan de una voluntad ajena, llamada Constitución, además Ramírez señala que con las reformas hechas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le ha dado más facultades al Gobierno Federal, pero ha restringido la de los Estados, lo cual ha sido un punto negro para su autonomía.

Integración del Estado federal

Carpizo McGregor señala que “el Estado federal se integra por una unión de estados, con una misma ley fundamental, que crea dos estructuras las de la federación y la de los estados, con gobiernos y derechos distintos, subordinadas a la misma, pero coordinadas entre sí y la constitución indica qué puede hacer la federación por su lado y los estados por el suyo, esto es, marca atribuciones” (Carpizo, 2007, p. 228). Cada estado promulga y hace cumplir sus propias leyes, que bien no pueden coincidir con la de otros estados, vinculados todos por la unidad nacional tutelada a través de la constitución, la cual limita las facultades de los gobiernos estatales, por poner un ejemplo, los estados no tienen personalidad internacional por lo que no pueden tomar medidas de política exterior, su legislación incluyendo su constitución no pueden contener nada que vaya en contra de ningún artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que la Carta magna establece las materias que son jurisdicción federal, como el petróleo, la minería, el comercio, las comunicaciones y el trabajo.

División territorial y administrativa

La base de la división territorial y administrativa es el municipio libre y se le llama así por su autonomía y porque entre él y el gobierno estatal no hay autoridad intermedia, ni subordinación de aquél con éste.

Los municipios están administrados por un ayuntamiento, formado por el presidente municipal, los regidores y los síndicos, tienen sus propias fuentes de ingresos fiscales y su patrimonio propio, expide sus reglamentos de policía y buen gobierno, además de contar con personalidad jurídica propia con sus correspondientes derechos y obligaciones dentro del estado.

Por su parte las facultades municipales están plasmadas en el artículo 115 constitucional, el gobierno municipal está a cargo del Ayuntamiento, con tres cargos principalmente, presidente municipal o alcaldes, regidores y síndicos, quienes representan jurídicamente a los ayuntamientos, los alcaldes se eligen cada 3 años por los ciudadanos sin posibilidad de ser reelegidos, los regidores y síndicos también se eligen por votación, aunque el alcalde electo designa la mayoría de los cargos y los que sobren se reparten entre los demás partidos, pero en Durango, Guanajuato, Guerrero, Morelos, Veracruz y Tlaxcala es diferente la designación, es parecida a lo que sucede en los congresos locales o el federal.

González Oropeza considera que los municipios adquirieron autonomía a raíz de la reformas de la Constitución en su artículo 115, en 1999, reconociéndose que los municipios ya son gobernados y no simplemente administrados por el ayuntamiento, pero los alcances de su autonomía o libertad estaban realmente indefinidos, ya que por interpretación constitucional, la sola palabra no quería decir que había un cambio en la naturaleza del municipio (González, s.f. p. 479).

El pueblo para ejercer su poder elige a sus gobernantes a través de elecciones, las cuales constituyen el primer requisito de democracia, y para que haya una verdadera democracia las elecciones tienen que ser por votación..

Elección.

Voto

Tienen el derecho y el deber de votar todos los ciudadanos mexicanos y que no se encuentren incapacitados por alguna de las razones que señala la ley, en consecuencia es obligación de todos los ciudadanos mexicanos, inscribirse en el Registro Federal de Electores acudiendo al módulo de atención ciudadana del Instituto Nacional Electoral (INE) y así obtener su credencial para votar, cumpliendo los requisitos correspondientes.

Conteo

Se examinan los votos depositados en cada casilla, se cuentan, se levanta el acta con el cómputo y todos los detalles de la elección, extienden constancia de mayoría a quienes la hayan obtenido, formando los respectivos paquetes de actas y boletas, obviamente también se cuentan los votos de los candidatos que no obtuvieron mayoría, realizándose así el conteo general de los votos obtenidos por cada partido político.

Resultados

Se envían todos los documentos de la elección a las oficinas distritales del INE y termina con el cómputo y declaración de validez de resultados que realizan los consejos del INE o en su caso, con las resoluciones del tribunal electoral sobre las inconformidades presentadas por los resultados o sobre la validez de las elecciones.

Cabe destacar que el INE, es un organismo autónomo, de carácter permanente, con personalidad jurídica propia y se encarga de la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral en toda la República, siendo la máxima autoridad administrativa en materia electoral en México.

Estos temas son por demás relevantes, por eso se tratan de una manera sencilla, y aun así la ciudadanía le damos tan poca importancia, nos limitamos a quejarnos por las cosas que “nos hace el gobierno”, estamos acostumbrados a un gobierno paternalista, creemos que tiene la obligación de resolvernos los problemas, o bien nos quejamos porque algún servidor público o algún político nos trató mal y no nos hizo caso, pero pocas veces reconocemos que tenemos gran parte de culpa, ya que desconocemos cuales son las funciones reales de todos los servidores públicos y pedimos a unos lo que deberíamos pedirles a otros, por eso es importante que analicemos críticamente la estructura y funcionamiento tanto del Estado como del gobierno por estar tan íntimamente relacionados.